CONDICIONES GENERALES

CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN Y COMPRAVENTA DE VEHÍCULO DE OCASIÓN MEDIANTE SUBASTA ELECTRÓNICA.

AUTOSUBASTAS

  1. AUTOSUBASTAS XXI S.L, (en adelante AUTOSUBASTAS), es una empresa que organiza subastas de vehículos de ocasión procedentes de empresas de renting, leasing y/o de alquiler de vehículos y grandes distribuidores del sector de automóvil para proceder a la venta de las unidades tanto a particulares que tienen la consideración de consumidores, como a personas físicas o jurídicas que no tengan dicha condición.
  2. AUTOSUBASTAS, ha alcanzado un acuerdo de colaboración con CANALCAR para utilizar sus medios de difusión y promoción de las unidades a subastar, sin que tenga la condición de vendedor o relación jurídica alguna con los compradores.
  3. Las presentes condiciones generales se aplican, sin restricción ni reserva alguna, a las ventas realizadas por AUTOSUBASTAS actuando bajo la marca comercial registrada (AUTOSUBASTAS), con los siguientes datos fiscales: Autosubastas XXI S.L., CIF: B67805945 y domicilio en C/ General Ibañez Íbero, 2, BºC, 28003, Madrid a los clientes que participen en la subasta de vehículos y en su caso, resulten adjudicatarios, a través del portal web, www.canalcar.es, el cual tiene una sección de subastas on-line, y a la que se puede acceder a las condiciones particulares seleccionando en cada uno los vehículos seleccionados.
  4. Que para la participación en la subasta requiere la contratación y alta como usuario en el servicio de Subastas on-line, que dará derecho a acceder a la visualización de los vehículos ofrecidos en subastas, al conocimiento de características técnicas y de su estado y a la participación en la subasta con ventajas especiales, pudiendo tener acceso a compras exclusivas de vehículos con descuentos de entre el 10 y 15% del precio medio de mercado. La contratación del servicio que da acceso al portal de subastas como usuario preferente, así como los servicios que en el mismo se ofrecen, es una prestación de servicios regulada por el artículo 1.254 del código Civil y siguientes y donde el contrato comienza con la suscripción como usuario al portal preferente de subastas y termina con la baja en su caso como usuario del servicio.
  5. Si un usuario del portal especializado de subastas, resulta adjudicatario de un vehículo, y formaliza el contrato de compraventa, ésta se considera venta celebrada de bien mediante subasta pública regulada por las siguientes condiciones generales estipuladas, lo dispuestos particulares pactadas y de aplicación la legislación española vigente en la materia, dícese Real Decreto-ley 3/2014 de 28 de febrero y el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, sí como en lo dispuesto en el Código Civil y leyes complementarias. El contrato de compraventa es independiente del contrato de prestación de servicios de acceso y uso del portal de subastas donde ambos requieren de la efectiva contratación según las condiciones que se determinan más adelante.
  6. Estas condiciones generales de prestación de servicio de acceso al portal y del contrato de venta de vehículos, ambas son accesibles en todo momento desde la página web www.canalcar.es, apartado “SUBASTAS DE VEHÍCULOS” y “CONTRATO VENTA DE VEHÍCULOS” y prevalecerán sobre cualquier otro documento con el que se contradigan, sin perjuicio de lo que disponga la legislación vigente.
  7. La participación del cliente en el “portal de subastas” y en caso de adjudicación y formalización de compra del vehículo bajo las condiciones del “contrato de venta de vehículos” supone la aceptación sin reservas de las presentes condiciones generales tanto de la prestación de servicios, como de las condiciones generales de venta en su caso. En caso de ser modificadas estas condiciones generales de venta serán vinculantes para todas las compras realizadas con posterioridad a su publicación en el sitio web “www.canalcar.es”.
  8. Registro en el “portal de subastas de vehículos” y registro como cliente. Para acceder al portal que da acceso a participar en la subasta es necesario que el usuario se registre previamente siguiendo los pasos de registro de datos y aceptación de las condiciones de registro y condiciones generales de contratación de la prestación del servicio. Cuando el usuario se dé de alta, deberá rellenar toda la información de carácter obligatorio para generar una cuenta si se trata del primer registro, o para que se identifique si ya es titular de una cuenta. Concretamente deberá facilitar los datos de información necesaria para abrir una cuenta: Nombre y apellidos o Razón social, CIF/NIF, dirección de facturación, número de teléfono, dirección de e-mail, nombre de usuario, contraseña y, en caso de que lo desee, una dirección diferente para envíos y si actúa en condición de consumidor o profesional.
  9. Para poder participar en una puja se solicitará los datos necesarios, según el medio de pago seleccionado, para proceder al cargo del importe del depósito mínimo requerido para pujar, que será de un 10% del total de la puja incluyendo prestación de servicios y precio del vehículo.
  10. Sus datos y visitas a esta página web. La información o datos personales que nos facilite sobre usted serán tratados con arreglo a lo establecido en las Políticas de Protección de Datos. Al hacer uso de esta página web usted consiente el tratamiento de dicha información y datos y declara que toda la información o datos que nos facilite son veraces y se corresponden con la realidad.
  11. Uso de nuestro sitio web. Al hacer uso de esta página web se compromete a:
    1. Hacer uso de esta página web únicamente para realizar consultas o participar en una subasta.
    2. Facilitarnos su dirección de correo electrónico, dirección postal y/u otros datos de contacto de forma veraz y exacta. Asimismo, consiente que podremos hacer uso de dicha información para ponernos en contacto con usted si es necesario (ver nuestra Política de Privacidad). Al contratar el acceso al servicio de subastas a través de esta página web, usted declara ser mayor de 18 años y tener capacidad legal para celebrar contratos.

12.- CONDICIONES GENERALES DE SERVICIOS DE LA PLATAFORMA DE SUBASTA Y SERVICIOS EXCLUSIVOS DE CLIENTES.

12.1 ACCESO A LA PLATAFORMA COMO USUARIO

Con el registro como usuario, usted está contratando una prestación de servicios por el cual le da derecho a acceso a la plataforma de subastas con ventajas exclusivas entre ellas, el acceso al historial de pujas, y contenido e información acerca de vehículos que se encuentran en subasta y que presentan un descuento entre el 10 y el 30% del precio medio de mercado. El acceso a la plataforma de subastas y pujas no es una compraventa, ni garantiza que pueda obtener un vehículo, únicamente le da el derecho a participar en la subasta frente a otros competidores a precios que solo están al alcance de profesionales del automóvil. Todas las actuaciones que se realicen desde el acceso a la plataforma hasta la adjudicación del vehículo previo a la formalización efectiva de la adquisición, es una prestación de servicios sujeta a lo dispuesto en este condicionado general y el Código Civil artículos 1254 y siguientes.

12.2 VEHÍCULOS OBJETO DE LA SUBASTA.

El vehículo objeto de subasta, es un vehículo de ocasión según las características que del mismo se detallan en su ficha de venta según la selección.

Los vehículos subastados proceden de empresas de renting, leasing, de empresas de alquiler de coches y/o de grandes distribuidores del sector de la automoción a los que se ha sometido a un peritaje externo, documentado fotográficamente y que describe el exacto estado estético del vehículo, incluyendo en su caso todos los desperfectos.

La mayoría de estos coches han pasado las revisiones periódicas y el mantenimiento según marca los fabricantes de los mismos.

La subasta se realiza sobre un vehículo único por ser usado de ocasión, por lo que, en caso de dificultad en su disponibilidad o derivados del proveedor, envío u otra circunstancia, AUTOSUBASTAS XXI se reserva el derecho a cancelar el mismo, con devolución del importe de forma inmediata, sin que se encuentre obligado a proporcionar un vehículo de las mismas características.

12.3 SUBASTADOR.

El vendedor es la mercantil AUTOSUBASTAS XXI que, según lo dispuesto en el artículo 1 del RD de 22 de agosto de 1885 Código de Comercio, y del artículo 59 bis.1 r del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y que oferta subastas públicas. “método de venta en el que el empresario ofrece bienes o servicios a los consumidores o usuarios, que asisten o se les da la posibilidad de asistir a la subasta en persona, aunque sea por medios telemáticos, mediante un procedimiento de puja transparente y competitivo, dirigido por un subastador y en el que el adjudicatario esté obligado a comprar los bienes o servicios”.

12.4 PRECIO DE SUBASTA E INFORMACIÓN DE COSTES. –

El precio de salida de la subasta será el indicado en cada momento en nuestra página web www.canalcar.es, salvo en caso de error manifiesto. A pesar de que intentamos asegurarnos de que todos los precios que figuran en la página son correctos, pueden producirse errores. Si descubriésemos un error en el precio de algún vehículo que usted se ha mostrado interesado en participar en la subasta, le informaremos lo antes posible y le daremos la opción de reconfirmar su participación al precio correcto o bien anularlo. Si no logramos ponernos en contacto con usted, la participación en la subasta se considerará cancelada y se le reembolsarán íntegramente las cantidades que hubiesen sido abonadas en concepto de depósito para cobertura de costes directos.

No estaremos obligados a suministrarle ningún vehículo al precio inferior incorrecto (incluso aunque le hayamos enviado la Confirmación de Envío) si el error en el precio es obvio e inequívoco y hubiera podido ser reconocido de forma razonable por usted como precio incorrecto.

    Los precios de salida y de adjudicación mostrados en la página web son con IVA incluido, e incluyen:

  1. El precio del vehículo.
  2. La comisión por prestación de servicios de subasta y acceso al portal de subastas y pujas.
  3. El informe pericial del estado del vehículo subastado.
  4. La garantía comercial adicional, premium 12 meses
  5. Los costes de los puntos 2, 3 y 4 anteriores son considerados costes directos de la operación.

    Los precios de salida y de adjudicación no incluyen:

  6. Gastos de gestión documental, que asciende a 350 euros IVA incluido.
  7. El transporte hasta su localidad si decide contratar el mismo de forma opcional. (la retirada de los coches en instalaciones no contempla costes de transporte).
  8. En caso de resultar adjudicatario de la subasta y formalización de la compra en el precio estipulado, se le entregará, en formato electrónico las facturas mostrando el precio total desglosado con el precio base del vehículo más IVA, y los gastos directos mostrados por separado, todo ello sin perjuicio de solicitar la factura en papel en las condiciones particulares.

12.5 CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA SUBASTA

12.5.1 El Subastador puede a su criterio:

  1. Cambiar, cancelar o retirar todos o cualquiera de los vehículos listados en cada subasta hasta el momento de la venta, esto es, cuando el Subastador adjudique el vehículo en cuestión durante la Subasta, así como posteriormente a la adjudicación por existir alguna traba, impedimento o por motivos sobrevenidos.
  2. Suspender la subasta por motivos justificados y/o en caso de recibir una oferta directa por el vehículo sin esperar a la subasta, mediante la opción de “cómpralo ya”.
  3. Bloquear y dejar sin participar en cualquiera de las subastas a interesados que en el pasado no hayan cumplido con sus obligaciones y hayan omitido o infringido las condiciones establecidas por El Subastador, así como usuarios (o personas físicas o jurídicas relacionadas con los mismos) con los que se esté incurso en acciones judiciales o extrajudiciales.
  4. En el momento en que se bloquee a un interesado, éste no podrá seguir utilizando el portal web de subastas, ni registrarse de nuevo directa o indirectamente a través de otro nombre sin una autorización expresa de AUTOSUBASTAS sin perjuicio de las responsabilidades a las que pueda incurrir.

12.5.2 Todos los participantes de subasta participan con reserva de postura a un máximo de 3 pujantes, por la que aguardaran a la adjudicación y formalización de la compra por las posturas precedentes para obtener la devolución del depósito, tras haber quedado no adjudicatario de forma definitiva.

12.5.3 Cada vehículo debe ser vendido al mejor postor y en el caso de que surja cualquier disputa entre postores será resuelto según el criterio del Subastador.

12.5.4.- El Subastador requerirá a los participantes un depósito en cualquiera de las subastas para cubrir el importe de un 10% del precio de salida. Dicho depósito es imprescindible para participar en la subasta y no forma parte del precio de compra en su caso y sólo da derecho a participar en la subasta, pero no a ser el adjudicatario ni a ningún otro servicio salvo los que se ofrecen en el portal de subastas.

El requerimiento del depósito implica, inexcusablemente, que el participante que desea pujar, con carácter previo a emitir su puja, debe haber realizado un depósito por el medio seleccionado y por el importe que aparece en las condiciones particulares de subasta. Las pujas que realice el participante sin haber abonado el depósito o no constando en la cuenta del Subastador, no serán válidas y se tendrán por no puestas. Una vez finalizada la subasta, en caso de que el participante no sea adjudicatario del vehículo por los que hubiere pujado, se le devolverá el depósito, en un máximo plazo de 7 días hábiles, salvo que se encuentre dentro de las 3 mejores posturas al cierre de la subasta; en tal caso se estará a lo dispuesto para la reserva de postura del punto 12.5.2. La devolución se realizará por el mismo medio que se constituyó, salvo que se acuerde otro distinto. En caso de resultar adjudicatario el depósito se destina al pago de los costes directos relacionados con el bien adjudicado. Una vez finalizada la subasta, el adjudicatario, o sucesivos segundo y tercer mejor postor en caso de fallido del previo, disponen de un plazo de 48 horas para formalizar el contrato de compra-venta, desde la recepción de la comunicación que ha resultado mejor postor y para ello debe efectuar el pago del importe total alcanzado en la adjudicación, más el coste de gestión documental (350 euros), así como el coste del transporte si se hubiera solicitado; y que si en ese plazo no hubiese efectuado el pago o manifestase no querer continuar con el proceso de adjudicación y/o no abone el pago del precio, no se habrá formalizado la compraventa ni desplegados efecto alguno el contrato de compra-venta en su caso y se podrá declarar adjudicatario al siguiente mejor postor habido en la subasta celebrada, por el orden de sus respectivas posturas, reiniciando los plazos.

En caso de resultar mejor postor o sucesivos por orden de mejor puja hasta el tercero y no formalizar la compra según lo dispuesto en el párrafo anterior, el mejor postor o sucesivos incurren en responsabilidad por incumplimiento del contrato de prestación de servicios que se penaliza con la pérdida del depósito abonado por la prestación de servicios de acceso a la subasta en la que ha participado.

13. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA.

El contrato de compraventa se formaliza con el pago del importe alcanzado en la subasta. Una vez confirmada la mejor postura, se enviará un mensaje anunciando que su puja ha resultado ganadora, y a partir de ese momento dispone de un plazo de 48 horas para efectuar el pago de la cantidad pendiente hasta alcanzar el precio de adjudicación, más costes de gestión documental y/o transporte en caso de solicitar su contratación. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a cualquiera de las cuentas que sean proporcionadas en la comunicación del anuncio de mejor postura. La orden de transferencia habrá de ser enviada al correo de anuncio recibido de mejor postor junto con la siguiente documentación:

Una vez recibido el importe de transferencia en la cuenta corriente y la documentación anterior se enviará el contrato de compraventa y el mandato de gestor autorizado para cambio de titularidad que habrá de devolverse firmado por vías telemáticas.

Una vez confirmada y recibido el contrato firmado y verificado el pago del importe de la subasta, se considera formalizado el contrato de compraventa del vehículo y, en ese momento se aplica lo estipulado en las condiciones generales de compra y leyes complementarias y de forma exclusiva y particular, en caso de declararse como Consumidor, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto-ley 3/2014 de 28 de febrero y el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y en lo no dispuesto en el Código Civil y leyes complementarias.

El contrato de compraventa es independiente del contrato de prestación de servicios de acceso preferente a subastas y puja del vehículo, por lo que en caso de no firmar la documentación o no recibir el importe la compraventa no queda formalizada y aplicaría en su caso las penalizaciones estipuladas por incumplimiento en la prestación de servicios de subastas del punto 12.5.4.

13.1 OBTENCIÓN DE FACTURA. – El cliente da su consentimiento expreso para emitir las facturas en formato electrónico que será remitida a su correo electrónico. En caso de querer obtener las facturas en formato papel, habrá de ser solicitada de forma expresa al correo electrónico de contacto y se entregarán por correo ordinario al domicilio designado. En caso de devolución por desistimiento, se emitirá factura abono del importe del vehículo, advirtiendo que no serán objeto de devolución aquellos costes directos en los que ha incurrido el usuario y del que ha sido informado al participar en la subasta y al formalizar el contrato de compraventa.

13.2 ENTREGA. – Una vez formalizada la compraventa, se procede a abrir el plazo de entrega. La entrega se realizará gratuitamente de forma presencial en el lugar donde el vehículo se encuentre depositado al adjudicatario o persona autorizada. Para la retirada del vehículo, será imprescindible la comunicación de los datos de la persona autorizada si es distinta del comprador. La persona autorizada deberá acreditar la representación mediante la entrega de un modelo formalizado que le será puesto a su disposición mediante correo electrónico, junto al DNI para identificación.

Se podrá ofrecer al comprador la opción de entrega en su localidad mediante contratación de transporte; en tal caso se informa que los costes serán asumidos en su totalidad por el comprador, así como los de devolución en caso de desistimiento.

Al contratar transporte, se informará del plazo de entrega aproximado y que suele estar alrededor de 30 días hábiles, salvo caso de fuerza mayor o retrasos por razones tales como el acaecimiento de circunstancias imprevistas en la zona de entrega.

A efectos de las presentes Condiciones, se entenderá que se ha producido la "entrega" o que el vehículo ha sido "entregado" en el momento en el que usted o un tercero indicado por usted adquiera la posesión material del vehículo, lo que se acreditará mediante la firma de la recepción del mismo en la dirección de entrega convenida.

El vehículo se entrega con factura en soporte electrónico y todos sus accesorios declarados en la oferta de subasta, y la entrega de documentación provisional de forma telemática por el gestor autorizado; la documentación definitiva se entregará por correo ordinario una vez transcurrido el plazo de desistimiento del contrato en su caso.

En el momento de la entrega, deberá revisar el vehículo y hacer constar en el albarán de recepción aquellos desperfectos que presente que NO figuran en el informe pericial que se publica en la subasta y del que se le hace entrega junto al vehículo; el desperfecto habrá de ser comunicado a AUTOSUBASTA en el plazo máximo de 24 horas desde la recepción, para que dicha reclamación sea trasladada al proveedor del vehículo.

El correo de comunicación de incidencias de la venta será el sac@autosubastas.es

13.3 IMPOSIBILIDAD DE ENTREGA. - Si nos resultara imposible efectuar la entrega del vehículo por circunstancias ajenas a AUTOSUBASTAS, el vehículo será devuelto a un depósito con costes de devolución y contratación de un nuevo transporte cuyos costes serán repercutidos al titular en su totalidad.

En caso de que transcurridos 15 días desde que su vehículo esté disponible para su entrega y no haya sido recogido en el lugar de depósito, o no haya sido posible la entrega por el transportista por causas imputables al comprador considerado:

13.3.1 En caso de ser considerado consumidor, a elección del vendedor podrá (i)considerar que se ha entregado el vehículo, desplegando sus efectos o (i) considera que el consumidor desea desistir del contrato (desistimiento tácito) en las condiciones estipuladas de desistimiento; en ambos casos se le repercutirán todos los costos tanto de transporte como de depósito que pueda generar la devolución del vehículo a la campa designada por AUTOSUBASTAS.

Como consecuencia del desistimiento tácito del contrato, le devolveremos el precio del vehículo, IVA incluido, y sin opción a devolución de:

  1. los gastos de prestación de servicios directos de subasta indicados inicialmente al registrarse en la participación en la subasta de un vehículo determinado.
  2. ni de los gastos de transportes de envío y devolución en caso de contratación de transporte.
  3. ni los gastos en caso de devolución del vehículo a la base del depósito que AUTOSUBASTAS tiene en Madrid, si este no es retirado en el lugar indicado,
  4. costes de estancia en depósito de vehículos durante el tránsito.

Por lo que estaremos autorizados a repercutir los costes correspondientes y a retener y descontar dicho importe del precio del vehículo.

13.3.2 En caso de comprador profesional, no aplica la opción de desistimiento ni expreso ni tácito y se tendrá por entregado el vehículo y consumada la compraventa a todos los efectos una vez transcurridos los 15 días de puesta a disposición del vehículo, siendo el comprador responsable de todos aquellos gastos derivados de la falta de entrega.

No se entregarán vehículos en los destinos de: Islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

13.4 TRANSMISIÓN DEL RIESGO Y LA PROPIEDAD. - Los riesgos de la pérdida del vehículo serán a su cargo a partir del momento de su entrega. El cliente comprador, se compromete a contratar un seguro obligatorio del automóvil que habrá de acreditar previamente a la puesta a disposición del vehículo y al cumplimiento de cualquier obligación legal a la que esté obligado el comprador, aunque no haya superado el plazo de devolución. Dentro de las obligaciones legales (sin que suponga un “numerus clausus”) se entiende por obligación del comprador:

  1. Disponer de ITV en vigor (en caso de no tener la misma en vigor en el momento de la entrega, habrá de superar lo antes posible)
  2. Contratar seguro obligatorio del automóvil.

Durante la tramitación de cambio de titular, el vendedor se compromete a mantener el vehículo en su uso pacífico, de libre disponibilidad y de cargas; igualmente durante dicho trámite, el comprador como propietario a todos los efectos se compromete a responder de las obligaciones y cuantas responsabilidades pudieran surgir como consecuencia de su tenencia y uso, con independencia del titular que revele los registros.

13.5 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Y FACTURACIÓN. -De conformidad con lo dispuesto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido para entregas de bienes usados y prestación de servicios en el territorio de aplicación del IVA español, todos los precios se mostrarán IVA incluido. Las facturas se expedirán IVA incluido figurando este desglosado en las facturas emitidas de prestación de servicios; los vehículos se facturarán desglosando el IVA si procede aplicación del régimen general, y si es en régimen REBU, el IVA será incluido, pero no desglosado.

13.6 OPCIÓN DE DESISTIMIENTO DEL CONTRATO OTORGADO AL COMPRADOR.- El comprador empresario o consumidor que adquiere el vehículo a través de subasta No dispone de derecho de desistimiento otorgado por la ley; en el caso particular de comprador consumidor tampoco dispone de derecho de desistimiento según las exclusiones dispuestas en el artículo 103 del Decreto-ley 3/2014 de 28 de febrero y el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, donde se estipula que el derecho de desistimiento No será aplicable a los contratos celebrados mediante subastas públicas ( art 57 bis 1.r)

Sin embargo, con ocasión de la contratación, al participante en la subasta de AUTOSUBASTAS que resulte adjudicatario, bien sea empresario, bien sea consumidor, y formalice el contrato de compraventa pagando el precio y reciba el vehículo, se le otorga una opción de desistimiento, bajo las condiciones estipuladas en este condicionado con efectos de resolución contractual o renuncia del contrato durante 14 días naturales desde su entrega. En caso de ejercitar la opción de desistimiento del contrato por su parte, se procederá a la devolución del precio íntegro del vehículo, IVA incluido (punto 12.4.1 en un plazo de 14 días naturales siguientes a la emisión de la comunicación de la opción de desistimiento, sin derecho a devolución de los costes directos derivados de la contratación y entrega del vehículo descritos en el punto 12.4 (6 y 7) ni los importes cobrados por la prestación de los servicios de acceso al portal y participación en la subasta estipulados en el punto 12.4 (2, 3 y 4) incurridos en la participación de la subasta y adjudicación de mejor postor, de los que ha sido informado en el momento de la participación.

El vehículo será devuelto en un plazo máximo de 14 días naturales desde la comunicación del derecho de desistimiento.

Recibida la comunicación anterior, antes de que hayan transcurrido 14 días siguientes se procederá a efectuar dicho reembolso a la cuenta designada. No obstante, lo anterior, podremos retener el reembolso, hasta haber recibido el vehículo en el lugar designado por AUTOSUBASTAS, y verificar su estado.

En caso de renuncia tácita del contrato (aplicable solo a consumidores) por no retirar el vehículo por el medio acordado, se aplicarán las mismas condiciones que si se hubiera comunicado desistimiento de forma expresa.

En caso de retirar el vehículo habiendo transcurrido el plazo de 15 días desde su notificación de puesta a disposición se considerará caducada la opción de desistimiento tanto para empresarios como consumidores.

El comprador, dentro del plazo de desistimiento, podrá realizar uso del vehículo a los solos efectos de tomar una decisión sobre su adquisición definitiva, que en todo caso no podrá exceder de 100 Kilómetros. Una vez comunicado, en su caso, el deseo de resolución deberá dejar de hacer uso del mismo.

En caso de constatarse que el vehículo ha superado dicho kilometraje, se entenderá que ha superado el uso normal para la toma de decisión y se considerará abusivo e injustificado, lo que provoca un enriquecimiento injusto a favor del comprador que habrá de indemnizar a razón de tres euros (3 €) el kilómetro de exceso. Dicho importe, se pacta expresamente y autoriza al vendedor a compensar el exceso con el precio de venta del vehículo objeto de la devolución.

El vehículo se devolverá incluyendo todos sus accesorios originales, las instrucciones y demás documentos que en su caso lo acompañen y en el mismo estado en el que fue entregado. Para ello se estipula que tendrá valor probatorio del estado de entrega el informe pericial que se adjunta en la ficha del vehículo al participar en la subasta.

Tras examinar el vehículo le comunicaremos si tiene derecho al reembolso de las cantidades abonadas. El reembolso de la totalidad de los importes únicamente se realizará cuando la devolución del vehículo se efectúe dentro del plazo de 14 días naturales y se devuelvan todos los accesorios que componen el vehículo en cuestión y en el mismo estado que fue entregado.

No obstante, podremos retener el reembolso, una vez recibido el vehículo, con el objeto de verificar su estado y emitir comunicado en su caso, del importe a deducir cuando presente desperfectos estéticos que no presentara en el momento de la entrega. Dicho importe, se pacta expresamente y autoriza al vendedor a compensarlo con el precio de venta del vehículo objeto de la devolución.

Exclusiones de la opción de desistimiento:

  1. En caso de que el vehículo haya sido manipulado en sus elementos mecánicos o eléctricos,
  2. En caso de que haya provocado algún tipo de avería.
  3. En caso de que haya sufrido un accidente con daños estructurales.
  4. En caso de que haya sufrido un accidente sin daños estructurales, pero con daños por valor superior al valor pagado por el vehículo.
  5. Si se ha realizado cualquier tipo de personalización
  6. En caso de robo
  7. En caso de utilización en competiciones.
  8. En caso de utilización en actos criminales.
  9. En caso de daños por catástrofes naturales.
  10. Por caducidad habiendo transcurrido más de 15 días desde su puesta a disposición sin haber sido retirado el vehículo.

En caso de producirse cualquiera de las anteriores exclusiones no cabrá derecho de desistimiento y deberá retirar el vehículo a su costa sin devolución de ningún precio pagado.

Que, en caso de ser consumidor, conforme a lo establecido en el art. 77 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, para el supuesto de la existencia de cualquier acuerdo de crédito vinculado al contrato de compraventa, el desistimiento implicará al mismo tiempo, la resolución del crédito como consumidor y usuario. En tal caso AUTOSUBASTAS abonará a la entidad financiera el importe del vehículo hasta cubrir en su caso el importe del préstamo, y solo si existe un sobrante, éste será reembolsado al consumidor.

14. GARANTÍAS.

Le recordamos que los vehículos que se adquieren en este portal mediante subasta pública no han sido revisados mecánicamente, ni reacondicionados por AUTOSUBASTAS y que no han estado en ningún momento bajo su posesión. Le recordamos que la adquisición de un vehículo en esta modalidad de compra conlleva un precio inferior al precio medio de mercado y que provienen directamente de empresas de renting, leasing, alquileres, rentacar, y grandes proveedores. AUTOSUBASTAS realiza la subasta como intermediario entre los anteriores y los interesados en la subasta.

En el caso de profesionales la garantía de la que dispone el vehículo es exclusivamente la garantía comercial adicional premium de 1 año que se entrega con la compra del vehículo; y en caso de ser declarado por el consumidor dispone de una doble garantía que es la Garantía Legal de conformidad de 1 año y la garantía comercial adicional premium de 1 año entregada con el vehículo por lo que resulta innecesario la aplicación de lo dispuesto en saneamiento de vicios ocultos estipulados en el Código Civil.

En caso de averías, con independencia de las garantías de las que sea beneficiario deberá dirigirse directamente autosubastas@conformgest.es o al teléfono 689 834 449, que gestionará de forma global su avería, aplicando las condiciones estipuladas en su caso, según sea profesional o consumidor, es informándoles de las condiciones de reparación.

Las condiciones de las garantías que se entregan junto al vehículo son las que se exponen a continuación dependiendo del tipo de garantía.

4.1. GARANTÍA LEGAL DE CONFORMIDAD (aplicable exclusivamente a consumidores)

14.1.1 Todas las descripciones de los vehículos, informaciones y materiales que figuran en esta página web se suministran "como cuerpo cierto " y sin garantías expresas o implícitas sobre los mismos salvo las establecidas legalmente. En este sentido, si usted participa como consumidor y usuario, estamos obligados a entregarle vehículos que sean conformes con el contrato, respondiendo frente a usted de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del vehículo. Se entiende que los vehículos son conformes con el contrato siempre que (i) se ajusten a la descripción realizada por nosotros y posean las cualidades que hayamos presentado en esta página web, (ii) sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinan los productos del mismo tipo y (iii) presenten la calidad y prestaciones habituales de un vehículo del mismo tipo que sean fundadamente esperables.

14.1.2 El vendedor responderá ante el comprador, de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega del vehículo (art. 117). Se pacta expresamente entre el vendedor y el comprador el plazo de responsabilidad por faltas de conformidad de 1 año desde la entrega a tenor de lo dispuesto en el artículo 120.1 párrafo segundo del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre), en adelante RDL 1/2007, actualizado a fecha de 1/01/2022.

Se pacta expresamente entre las partes que el plazo de presunción estipulado en el artículo 121.1 será de 1 año para determinar la carga de la prueba de la falta de conformidad. Durante este periodo se presume que las averías surgidas son faltas de conformidad salvo prueba en contra.

14.1.3 El comprador está obligado a cooperar en la medida de lo posible y necesario con el vendedor para determinar la causa de la falta de conformidad. Es prueba de la conformidad con el contrato, cuando el vehículo entregado se ajuste a la descripción realizada por el Vendedor en el Certificado Anexo, aunque en el mismo se describan averías o piezas cercanas al final de su vida útil, y sea conocidas y aceptadas dentro del contrato según lo dispuesto en el artículo 115.ter 5 del RD 1/2007.

Se considera que el vehículo es conforme cuando sea apto para el fin que se destina, este presente las características que resulte de la descripción del modelo adquirido y aquellas que razonablemente esperaba adquirir, así como en particular la durabilidad del bien adquirido acorde con los kilómetros y años de uso.

14.1.4 No se considerarán faltas de conformidad o defectos originarios, quedando expresamente excluidos de la garantía

  1. Aquellos que fueran conocidos por el Comprador en el momento de la compraventa y que así se manifestó en la publicación del anuncio del vehículo, según los términos establecidos en el artículo 115 Ter del RDL 1/2007, entre los que se incluyen los relativos al aspecto interior y exterior del vehículo, y en general cuantos fueran susceptibles de manifestación expresa en su publicidad previa a su adquisición.
  2. Aquellos que se deban a un desgaste normal del vehículo, sus órganos, partes, piezas, accesorios, y elementos consumibles, en función de su antigüedad de matriculación y de los kilómetros recorridos con anterioridad a la compraventa y durante el período de la garantía. A efectos de lo anterior, a título enunciativo, pero no limitativo, quedan excluidos de la garantía, la sustitución de discos, pastillas de freno, escobillas, embragues, correas, baterías, etc.
  3. Aquellos relacionados con el mantenimiento regularizado por el fabricante (aceites, distribución, etc.) así como cualquier otro mantenimiento no estipulado por el fabricante.
  4. Aquellos que se deban a un mal uso del vehículo o falta de diligencia, así como a un incorrecto mantenimiento del mismo por parte del Comprador. Se entenderá que existe un mantenimiento incorrecto cuando el Comprador no cumpla con las recomendaciones del Fabricante. Aquellos que sean consecuencia de un robo o accidente. El Vendedor no responderá respecto de aquellas partes o elementos del vehículo que fueran manipulados por el Comprador, ni cuando el Comprador hubiera reparado el vehículo sin que el Vendedor hubiera dado su autorización o tenida ocasión de comprobar previamente la supuesta falta de conformidad, salvo que por las circunstancias en que se produjera el hecho que dio lugar a la reparación no fuera posible cumplir con aquellos requisitos.
  5. Para hacer valer su derecho, el Comprador deberá comunicar a la garantía comercial adicional, la falta de conformidad apreciada de forma fehaciente a la mayor brevedad posible, y en el plazo de DOS MESES, como máximo, desde que se mostrará disconforme con el funcionamiento del vehículo. El COMPRADOR será responsable de los daños y perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación.
  6. El Vendedor garante no se responsabilizará, ni surtirá efecto la garantía, si el COMPRADOR beneficiario de la misma reparase el vehículo, o este fuera manipulado, sin que la VENDEDORA hubiera dado su autorización o tenida ocasión de comprobar previamente la supuesta falta de conformidad.

14.1.5 El Vendedor será informado por el Comprador de la falta de conformidad, y una vez comprobada su existencia, determinará el modo y manera de llevar a cabo la reparación, así como, el taller donde deba ser examinado y, en su caso, reparado, el vehículo (art. 118 y 119). La Reparación se realizará bajo las siguientes condiciones:

  1. La reparación será gratuita para el COMPRADOR, comprendiendo transporte, mano de obra y materiales.
  2. En el supuesto de que sea necesaria la incorporación de piezas de recambio, estas podrán ser, reacondicionadas, reconstruidas o usadas, pero sólo en el caso de que sea técnicamente posible para la reparación del vehículo y que la pieza incorporada cumpla las mismas funciones que la sustituida de haber sido conforme con el contrato, y se cumplan las disposiciones reglamentarias aplicables en esta materia por el Vendedor o el taller que ésta haya designado. No obstante, se podrán utilizar piezas nuevas, con aceptación de pago del sobreprecio, por parte del comprador, que ello conlleve. En este caso, se garantiza la conformidad con el contrato de la pieza nueva adquirida, en los términos del citado RDL 1/2007. Para determinar el pago del sobreprecio se estará a la depreciación efectiva del vehículo en el momento de la adquisición.
  3. La reparación se llevará a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el COMPRADOR. El plazo de reparación estará en función de la importancia de la avería detectada; de la carga de trabajo comprometida previamente y justificada por el taller designado por el garante y de la posibilidad de suministro de las piezas necesarias para la reparación.
  4. Si concluida la reparación y entregado el vehículo, si continuase la falta de conformidad, o resultara irreparable, manifestándose disconforme con el funcionamiento del mismo, podrá exigir por este orden su criterio, la rebaja proporcional del precio del automóvil o la resolución del contrato, con la devolución del precio pagado.
  5. Si se optara por la rebaja del precio, ésta será proporcional a la diferencia existente entre el coste inicial del vehículo, pactado en este contrato, y el valor que el mismo tuviese con el defecto apreciado.
  6. Este último valor podrá ser determinado en su caso, y a falta de acuerdo entre las partes, por un perito, o entidad independiente designados previamente por los intervinientes.
  7. La resolución del contrato de compraventa, no procederá cuando la avería, defecto o vicio del vehículo sea de escasa importancia. Si fuera necesario, las partes podrían recurrir a los peritos o entidades antes mencionados de común acuerdo, para determinar dicha circunstancia.
  8. Se considerará desproporcionada toda forma de saneamiento que imponga al vendedor costes excesivos, en comparación a los que supondría la reparación del vehículo.

14.1.6 La garantía contemplada en el siguiente contrato se otorga exclusivamente al usuario que aparezca como comprador del vehículo, de conformidad con lo que al efecto establece el artículo 3 del RDL 1/2007, según el cual “son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional”. En consecuencia, no tendrá efectividad ni validez respecto a quienes no ostenten la cualidad de consumidor por actuar en el ámbito de una actividad empresarial o profesional.

14.1.7 La Garantía legal es intransferible, otorgándole exclusivamente al titular mencionado por su condición de COMPRADOR del vehículo y consumidor final, por lo que si durante este plazo lo vende a un tercero esta garantía no surtirá efecto durante el tiempo que reste.

14.2 RENUNCIA A SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS.

Se estipula que podrá pactarse Exclusión de saneamiento de vicios. Respecto de los vicios ocultos que pudieran surgir, habiendo adquirido el vehículo en subasta pública, queda excluidos el saneamiento según lo dispuesto en el artículo 1493 del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. Igualmente se podrá pactar en el contrato la renuncia a la aplicación del artículo 1485 del mismo Real Decreto y al saneamiento por vicios que hayan sido ignorados por el vendedor.

Dicha renuncia es aplicable tanto para profesionales como declarados consumidores. En el caso de profesionales la garantía de la que dispone el vehículo es exclusivamente la garantía comercial adicional premium que se entrega con la compra del vehículo; y en caso de ser declarado por el consumidor dispone de una doble garantía que es la Garantía Legal de conformidad y la garantía comercial adicional premium entregada con el vehículo por lo que resulta innecesario la aplicación de lo dispuesto en saneamiento de vicios ocultos estipulados en el Código Civil.

La renuncia será pactada de forma particular en el contrato de compraventa, teniendo esta cláusula por informativa, por lo que necesariamente debe figurar la renuncia en el contrato.

14.3. GARANTÍA COMERCIAL ADICIONAL PREMIUM.

El vehículo se entrega con garantía comercial adicional otorgada por empresa de garantías que cubre aquellas averías mecánicas que se revelen con posterioridad a la adquisición del vehículo durante el plazo de 1 año desde su formalización dentro de las condiciones que se estipulan en el contrato que se formalice con el garante en el momento de la adquisición del vehículo.

Se entregará copia del contrato de garantía al que deberá dirigirse en caso de avería mecánica.

¿Cómo actuar en caso de avería? Dentro del plazo de garantía, si usted sufriera una avería deberá dirigirse a el siguiente correo de contacto autosubastas@conformgest.es o al teléfono 689 834 449 al que le responderán con las instrucciones para proceder a la reparación.

15.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES:

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el vendedor, como responsable del tratamiento, realizara esta actividad con la finalidad de poderle prestar el servicio que se encuentra definido en el presente contrato, comprometiéndose a respetar la confidencialidad.

El responsable del tratamiento ha establecido las medidas de seguridad necesarias de conformidad con lo establecido en la normativa.

Sus datos podrán ser cedidos a nuestras empresas colaboradores (financieras, garantías comerciales, empresas de transportes, aseguradoras), con la finalidad de poder prestar el servicio óptimo y necesario para el cumplimiento del presente contrato. Podrá ejercitar los derechos correspondientes a sus datos de carácter personal ante (La mercantil) a través de la dirección info@autosubastas.es

16.- COMUNICACIONES POR ESCRITO. -

La normativa aplicable exige que parte de la información o comunicaciones que le enviemos sean por escrito. Mediante el uso de esta página web, usted acepta que la mayor parte de dichas comunicaciones con nosotros sean electrónicas. Nos pondremos en contacto con usted por correo electrónico o le facilitaremos información colgando avisos en esta página web. A efectos contractuales, usted consiente en usar este medio electrónico de comunicación y reconoce que todo contrato, notificación, información y demás comunicaciones que le enviemos de forma electrónica cumplen con los requisitos legales de ser por escrito. Esta condición no afectará a sus derechos reconocidos por ley.

17.- NOTIFICACIONES. -

Las notificaciones que usted nos envíe deberán enviarse preferiblemente a través de nuestro formulario de contacto. Con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 6.20 anterior y salvo que se estipule lo contrario, le podremos enviar comunicaciones bien al e-mail o bien a la dirección postal facilitada por usted a la hora de realizar un pedido. Se entenderá que las notificaciones han sido recibidas y han sido correctamente hechas en el mismo instante en que se cuelguen en nuestra página web, 24 horas después de haberse enviado un correo electrónico, o tres días después de la fecha de franqueo de cualquier carta. Para probar que la notificación ha sido hecha, será suficiente con probar, en el caso de una carta, que tenía la dirección correcta, estaba correctamente sellada y que fue debidamente entregada en correos o en un buzón y, en el caso de un correo electrónico, que el mismo fue enviado a la dirección de correo electrónico especificada por el receptor.

18- NUESTRO DERECHO A MODIFICAR ESTAS CONDICIONES. -

Tenemos derecho de revisar y modificar las presentes Condiciones en cualquier momento. Usted estará sujeto a las políticas y Condiciones vigentes en el momento en que use la presente página web o efectúe cada pedido, salvo que por ley o decisión de organismos gubernamentales debamos hacer cambios con carácter retroactivo en dichas políticas, Condiciones o Declaración de Privacidad, en cuyo caso, los posibles cambios afectarán también a los pedidos que usted hubiera hecho previamente.

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